tag:blogger.com,1999:blog-47157983170189709282024-02-08T12:18:11.679-08:00etica del abogado venezolanonerys montañezhttp://www.blogger.com/profile/17734658914173717812noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-4715798317018970928.post-3219515401659415472010-01-21T16:55:00.000-08:002010-01-21T16:57:50.856-08:00pequeño analisis del codigo de etica del abogado<div align="justify">La dinámica en la multiplicidad de actividades del Abogado le imponen una independencia absoluta exenta de cualquier presión, principalmente de aquella que resulte de sus propios intereses o influencias exteriores. Esta independencia es necesaria para mantener la confianza en la Justicia, y en la imparcialidad del Juez. El Abogado debe, por lo tanto, evitar cualquier atentado contra su independencia y estar atento a no descuidar la ética profesional con objeto de dar satisfacción a su cliente, al Juez o a terceros.Independencia es necesaria para la actividad jurídica, como para los asuntos judiciales, por lo tanto, el consejo dado por el Abogado a su cliente carecerá de validez, si ha sido dado para complacer, o por interés personal, o bajo efecto de una presión exterior.<br />Las relaciones de confianza no se pueden dar, si existe alguna duda sobre la honestidad, la probidad, la rectitud o la sinceridad del Abogado. Para éste último, estas virtudes tradicionales constituyen obligaciones profesionales.<br />Parte de la naturaleza misma de la misión del Abogado que éste sea depositario de los secretos de su cliente y destinatario de comunicaciones confidenciales. Sin la garantía de la confidencialidad no puede haber confianza.<br />El secreto profesional está, reconocido como Derecho y deber fundamental y primordial del Abogado, por lo tanto, con independencia de criterio, el abogado podrá negarse ante cualquier persona o autoridad a contestar cualquier cuestión que lo lleve a violar el secreto profesional.<br />Por ello, el abogado debe respetar el secreto de cualquier información confidencial transmitida a él por su cliente, ya sea que se refiera al propio cliente, o bien a terceros en el marco de los asuntos de su cliente.<br />Esta obligación de guardar secreto no está limitada en el tiempo.El Abogado hará respetar el secreto profesional a cualquier persona que colabore con él en su actividad profesional.</div>nerys montañezhttp://www.blogger.com/profile/17734658914173717812noreply@blogger.com2tag:blogger.com,1999:blog-4715798317018970928.post-75542226515653442052009-12-08T15:25:00.000-08:002009-12-08T15:30:32.066-08:00etica del abogado venezolano<div align="justify"><strong><span style="color:#000000;">El profesional del derecho se debe a sí mismo y a su misión de auxiliar de la justicia otorgada por la ley, una conducta íntegra y ceñida a los parámetros de lo moral, de la equidad, desprendimiento de sus propios intereses con tal de favorecer plenamente aquellos del cliente que son siempre el motivo de su labor.</span></strong></div>nerys montañezhttp://www.blogger.com/profile/17734658914173717812noreply@blogger.com0